"Seguidamente se designó una comisión integrada por los señores AMILTON SENDAI, YEZID AROCHA y GUILLERMO VELASQUEZ con el propósito de verificar los hallazgos encontrados por CORFICOLOMBIANA y realizar una investigación a los referidos contratos presentado un informe sobre los mismos. El de Noviembre de 2015, se produjo el Informe de la Comisión Investigadora." - Tribunal Arbitral de Concesionaria Ruta del Sol S.A.S. contra la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI, pg. 216. - REDRUTADELSOLII
"Seguidamente se designó una comisión integrada por los señores AMILTON SENDAI, YEZID AROCHA y GUILLERMO VELASQUEZ con el propósito de verificar los hallazgos encontrados por CORFICOLOMBIANA y realizar una investigación a los referidos contratos presentado un informe sobre los mismos.
El de Noviembre de 2015, se produjo el Informe de la Comisión Investigadora." - Tribunal Arbitral de Concesionaria Ruta del Sol S.A.S. contra la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI, pg. 216. - REDRUTADELSOLII
8. El Contrato de Concesión No. 001 de 2010 fue suscrito por las siguientes personas: (i) el señor Gabriel Ignacio García Morales, Gerente General Encargado del INCO; (ii) el señor David Eduardo Villalba Escobar, Subgerente de Estructuración y Adjudicación del INCO; (iii) el ciudadano Brasileño Amilton Hideaki Sendai, representante legal principal de la sociedad Concesionaria Ruta del Sol S.A.S.; y (iv) el ciudadano Brasileño Manuel Ricardo Cabral Ximenes, representante legal suplente de la sociedad Concesionaria Ruta del Sol S.A.S. Sentencia Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección primera, Subsección A. Exp. No. 250002341000201700083-00 06 de diciembre 2018. . Pág. 7. REDRUTADELSOLII.
8. El Contrato de Concesión No. 001 de 2010 fue suscrito por las siguientes personas: (i) el señor Gabriel Ignacio García Morales, Gerente General Encargado del INCO; (ii) el señor David Eduardo Villalba Escobar, Subgerente de Estructuración y Adjudicación del INCO; (iii) el ciudadano Brasileño Amilton Hideaki Sendai, representante legal principal de la sociedad Concesionaria Ruta del Sol S.A.S.; y (iv) el ciudadano Brasileño Manuel Ricardo Cabral Ximenes, representante legal suplente de la sociedad Concesionaria Ruta del Sol S.A.S. Sentencia Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección primera, Subsección A. Exp. No. 250002341000201700083-00 06 de diciembre 2018. . Pág. 7. REDRUTADELSOLII.
Y con ocasión de ello, Luiz Antonio Bueno Junior y Amilton Hideaki Sendai, en representación de Constructora Norberto Odebrecht S.A, mediante comunicación de 05 de mayo de 2010, informaron a DCS Management S.A., en Madrid España, que “... han efectuado la cesión del CONTRATO DE ASISTENCIA TÉCNICA DESDE EL EXTERIOR (GF-001/2009)... y en la cual, la sociedad que representamos figura como parte contratante, al consorcio denominado CONSORCIO CONSTRUCTOR RUTA DEL SOL - CONSOL...". Sentencia de primer grado contra José Elias Melo Acosta, 29 de abril 2019. Pág. 78. REDRUTADELSOLII.
Y con ocasión de ello, Luiz Antonio Bueno Junior y Amilton Hideaki Sendai, en representación de Constructora Norberto Odebrecht S.A, mediante comunicación de 05 de mayo de 2010, informaron a DCS Management S.A., en Madrid España, que “... han efectuado la cesión del CONTRATO DE ASISTENCIA TÉCNICA DESDE EL EXTERIOR (GF-001/2009)... y en la cual, la sociedad que representamos figura como parte contratante, al consorcio denominado CONSORCIO CONSTRUCTOR RUTA DEL SOL - CONSOL...". Sentencia de primer grado contra José Elias Melo Acosta, 29 de abril 2019. Pág. 78. REDRUTADELSOLII.
Entonces, se presentó el contrato firmado entre Odebrecht y la empresa Española Detección de Riesgos Técnicos y Construcción Management, Control de Calidad y Supervisión de Obras de Edificación, S. A.; luego se hizo la cesión conforme a la cláusula
76. 10.2, dicha cesión fue firmada por Luiz Antonio Bueno Junior en representación de Odebrecht y amilton Hideaki Sendai y por Consol firma Manuel Ricardo Cabral Ximenes y Luiz Claudio Teixeira, y ese pago del ajuste de cuentas se hizo a través del Banco de Bogotá, trámite que fue hecho directamente por los representantes de Consol, esto es Manuel Ximenes, Luiz Claudio y Mauricio Millán Drews. Sentencia de primer grado contra José Elias Melo Acosta, 29 de abril 2019. Pág. 54. REDRUTADELSOLII.